Sociedad

¿Es el machismo una marca cultural?

Recientemente, en Francia, los legisladores impulsaron la modificación del código civil para dejar claro que la “convivencia” en el matrimonio no obliga al sexo entre la pareja, con lo cual la negativa a tenerlo no podrá ser argumento válido en un divorcio.

Todo se desprende de un caso de 2019 cuando un hombre demandó a su esposa alegando que ella se resistía a tener relaciones sexuales. Los jueces accedieron a la petición de divorcio asumiendo como válido el precepto del “deber conyugal”, lo cual generó el rechazo de la mujer que acudió a todas las instancias judiciales francesas sin tener éxito.

Su deseo de obtener justicia la hizo llevar el caso hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, no solo le dio la razón, sino que criticó la legislación francesa por permitir o promover la sumisión sexual, en este caso de la mujer, en el matrimonio.

«Al permitir que subsista en nuestro derecho tal deber, hemos respaldado colectivamente un sistema de dominación y de depredación del marido hacia la esposa…» diputada ecologista Marie-Charlotte Garin.

El “deber conyugal”, entendido como la obligación de sexo en las parejas al comprometerse en matrimonio, nunca ha existido en la legislación francesa; peor aún, la “convivencia” o “vida en común” era entendida como tal.

Son 4 los deberes fundamentales que los legisladores galos consideran que conforman el matrimonio: la fidelidad, el sostenimiento, la asistencia y la vida en común.

Es tan disonante la ley respecto a la aceptación cultural que obliga a disfrazar los argumentos; así, la “vida en común” (que nada tiene que ver con sexo) pasa a entenderse como “deber conyugal”, que a su vez se entiende como la disposición permanente de la mujer a tener relaciones sexuales con su pareja; un doble enmascaramiento para perpetuar un comportamiento centrado en la dominación, en este caso de género.

¿Y es que acaso el sexo no es importante en el matrimonio y en las parejas en general? Nadie lo duda, pero al constituir una pareja (de hecho o comprometida en matrimonio), no se pierde el derecho humano al “consentimiento” de la relación sexual. Es más, los derechos humanos nunca se pierden.

 “Quiero llamarme Gisèle Pelicot, en solidaridad con mis hijos”, contestó la víctima de agresión sexual sobre su decisión de mantener el apellido de su esposo y agresor.

En 2025, el asombro por lo dantesco y escabroso del caso de Gisele Pelicot hizo que los legisladores franceses actuaran modificando la ley, en esa oportunidad, para incluir el término “consentimiento” en la definición legal de abuso o violación sexual.

Durante años, el Sr. Pelicot, drogaba a su esposa para, en ese estado, ofrecerla a conocidos y no tan conocidos para que tuvieran relaciones sexuales con ella.

En el juicio, a los hombres que participaron en los hechos les consultaron sobre el consentimiento para tener relaciones sexuales con la Sra. Pelicot y, como argumento de defensa, decían que su esposo se los había otorgado; ¡En qué cabeza cabe (en este siglo) que una persona puede otorgar el consentimiento del uso del cuerpo de otra! Solo en la cabeza de un miembro de la sociedad francesa.

En el concepto tradicional, en el valor positivo de la unión matrimonial, está implícito el consentimiento mutuo de las relaciones sexuales en el entendido de que este se validará cada vez que lo amerite.

El horror se presenta cuando una de las partes supone que la otra le pertenece por derecho; su opinión, sus decisiones y su cuerpo son de su uso exclusivo y propiedad. Esta situación resulta intolerable por el carácter vejatorio y violador de la libertad fundamental del ser humano centrada en la libertad y autonomía sexual, por lo que la discusión va más allá de reivindicaciones de género, aunque, en la mayoría de los casos, el abuso nazca de la noción errada de la masculinidad.

El consentimiento en las relaciones sexuales, valor escrito en leyes pero aun en aprendizaje cultural.

A finales de los años 80 del siglo pasado (hace poco más de 45 años) se estableció como un derecho universalmente reconocido el “consentimiento” en las relaciones sexuales, por lo que Francia mostraba un atraso vergonzoso en esta materia.  Por ejemplo, en Venezuela se establece como tal en la Constitución de 1999 y en España solo se hace en 2022, luego de una gran campaña titulada “Solo sí es sí”.

El machismo en Europa, al menos en los países con raíces latinas como Italia, España o Portugal, es un valor cultural arraigado por siglos, presente en hombres y mujeres de distintas orientaciones sexuales. Recientemente, Rosa Belmonte hizo un comentario despectivo sobre Sarah Santaolalla al describirla como “mitad tonta y mitad tetas”; lo hizo además en “El Hormiguero”, uno de los programas más vistos de la televisión española.

Las respuestas no se hicieron esperar; los grupos feministas definieron el trato como profundamente machista al menospreciar a una mujer y observando sus atributos físicos por encima de su intelecto.

Rosa Belmonte ataca a Sara Santaolalla (centro) con la sonrisa y silencio cómplice de sus compañeros de panel.

Los compañeros de panel, en el momento, no atinaron la respuesta adecuada y la sustituyeron por risas y silencio; Juan del Val, su esposa Nuria Roca y el mismo presentador Pablo Matos se convirtieron en cómplices de la ofensa. Al punto que, al iniciar el siguiente programa, Pablo Motos presentó disculpas públicas por los comentarios fuera de tono.

Y es que, en España, la que tanto habla de progresismo, democracia e igualdad de género, es común que el hombre se refiera a su pareja como “su mujer”; no creemos que exista algo más machista que este gesto. Así sea por cariño.

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