EEUU: El petróleo es tuyo, pero el negocio es mío.
Desde el primer chorro de petróleo en el pozo Zumaque 1, a mediados de 1914, el Estado venezolano ha debatido en torno al fortalecimiento de la industria y el ejercicio de la soberanía sobre el recurso.
El llamado Derecho Indiano reclamaba para la corona española el suelo y subsuelo de los territorios conquistados. Bolívar en 1829 dejó claro que, alcanzada la independencia, sobre el suelo y el subsuelo ejercerían soberanía las nuevas repúblicas independientes y, para mayores señas, afirma que dicha soberanía sería sobre las minas de cualquier clase, incluidos los hidrocarburos.

Desde entonces, la idea de la propiedad-beneficio colectivo de la minería en Venezuela se ha fortalecido con la evolución de cada legislación.
En 1920, se redacta la primera Ley de Hidrocarburos que intentaba delinear la legalidad de la explotación petrolera nacional. Sin recursos tecnológicos y económicos para esta tarea, los legisladores buscan aprovechar la propiedad del recurso para garantizar ganancias al país, sin colidir con el derecho soberano a su explotación.
Ese marco legal establece regalías para el Estado del 15 % de la utilidad producto de dicha actividad y, una vez cesada la producción, la propiedad de la infraestructura y el territorio otorgado en concesión pasaría a control nacional.
Pese a ser una ley muy incipiente y con amplias desventajas para el país, fue ampliamente rechazada por las empresas petroleras, al punto de obligar a su reforma en 1921, con la participación de las transnacionales como corredactoras, alcanzando mayor condescendencia para sus intereses.
El primer tercio del siglo XX fue muy activo en materia legislativa con reformas a la Ley de Hidrocarburos, la cual sufrió cambios en los años 1925, 1928, 1928,1936, 1938, todos ellos bajo vigilancia y control de las transnacionales petroleras que se garantizaron un margen muy ventajoso del negocio.
Según información de la Cámara Venezolana Petrolera, fue hasta 1943 cuando el país pudo contar con una legislación que defendiera en mejor medida los intereses nacionales. Hasta el momento, las empresas petroleras transnacionales habían aceptado la soberanía sobre el recurso, pero habían dictado las normas sobre el negocio de su explotación.

Es decir, nunca la propiedad sobre el recurso ha estado en duda; lo que ha variado es la forma de “negociar” su explotación.
La Ley de Hidrocarburos de 1943 establece, entre otras cosas:
- Participación 50/50 (Ganancias).
- Refinación en el País.
- Vencimiento Único de Concesiones.
- Nuevo concepto de concesión.
Esta ley abre el marco para el proceso de nacionalización petrolera, ya que estableció un tiempo específico de 40 años para el vencimiento de todas las concesiones otorgadas hasta esa fecha; esto ocurriría en 1983, momento en el cual las transnacionales entregarían la administración y propiedad de toda la infraestructura petrolera al Estado venezolano.

El modelo denominado fifty/fifty promovido por Venezuela (1943) fue seguido por los países árabes que, con su aplicación, tomaron el control de las ganancias del negocio petrolero en Oriente Medio. El proceso fue impulsado por Juan Pablo Pérez Alfonzo, para la fecha ministro de Fomento y quien sería también el cerebro impulsor de la OPEP, organización fundada en 1960 y que cambiaría la forma de comercializar el petróleo en el mundo, desde entonces hasta nuestros días.

Las reseñas señalan que, a inicios de la década de los años 70 del siglo XX, la influencia de la OPEP había logrado elevar los precios del crudo. En 1973 se desata la guerra del Yom Kipur, cuando Egipto y Siria deciden recuperar territorios ocupados por Israel con el respaldo irrestricto de los Estados Unidos.
La respuesta de los países árabes (incluida la OPEP) fue promover una política de embargo, generando una crisis de abastecimiento con escasez del recurso y el fin del petróleo barato. Venezuela fue protagonista desde la OPEP de la estrategia de defensa del precio y la soberanía del hidrocarburo, por eso, desde el gobierno de Carlos Andrés Pérez, se adelantó 10 años el fin de las concesiones y se decretó la nacionalización petrolera para aprovechar el boom de los precios del crudo.
Es entonces cuando se crea la compañía estatal Petróleos de Venezuela S.A., (PDVSA) y las empresas estatales Maraven, Lagoven, Llanoven, entre otras, orientadas a la comercialización de los productos derivados (combustibles y lubricantes) refinados por PDVSA. Los críticos de la nacionalización petrolera del año 1976 afirman que, aunque el Estado toma el control de las operaciones, en la práctica, el grueso de las ganancias sigue quedando para las transnacionales; incluso en materia tributaria, el país recibía una menor proporción que sus socios extranjeros.

Se calcula que, por cada 100 dólares vendidos por la industria petrolera, se puede generar una utilidad neta entre 7 y 10 dólares; algunos analistas afirman que al país le ingresaban no más de 3 dólares de cada 100 facturados.
La llegada del presidente Hugo Chávez generó cambios en la estructura política y económica del país y la industria petrolera no fue la excepción, estableciendo nuevas formas de hacer negocios en Venezuela.
- Toda empresa extranjera con intenciones de participar en la extracción de crudo debía asociarse con PDVSA y crear una empresa mixta en la que la estatal venezolana se aseguraba siempre el 51 % de la participación accionaria.
- Todas las ventas deben facturarse en el país para asegurar un mejor beneficio fiscal.
- Y se imponen regalías de al menos un 30% de la utilidad del negocio.
- También, las nuevas normas establecen transferencia tecnológica e inversiones en la industria nacional.
Este nuevo esquema disgustó a las petroleras. Muchas de ellas decidieron retirarse del país, otras fueron indemnizadas y algunas se mantienen en arbitrajes legales esperando decisiones de tribunales sobre demandas por diferencias en los cálculos de las reparaciones económicas derivadas de este nuevo marco legal.
En definitiva, la propiedad y soberanía del recurso nunca ha estado en duda; lo que siempre hemos discutido es por la base legal del negocio y por quién debe controlar el grueso de la utilidad.

