Cuba se reinventa
Una de las sociedades míticas del ámbito latinoamericano es, indudablemente, la isla de Cuba. Símbolo de la rebeldía mundial sobrevive al bloqueo norteamericano y a la disolución de la Unión Soviética y hoy expone al mundo una reforma constitucional en medio de cambios fundamentales en su vida política.
Lo lejos que puedan llegar los cambios o lo grandes que puedan ser catalogados dependerá de la óptica con la que sean analizados. Ya que en definitiva, ¿Quién define lo bueno o lo malo para una determinada sociedad? Para nosotros tener un rey o quizás hasta la existencia de un único partido político, representaría el anacronismo inaceptable.
Sin embargo, nos parezcan pequeños o grandes los cambios, el solo hecho de que el presidente de esa nación no sea de apellido Castro es una novedad para los últimos 60 años, por lo que somos protagonistas y testigos de un mundo nuevo, del que nuestra historia contemporánea también forma parte.
Quizás una de las lecciones más importantes que nos deja la Cuba de hoy es que, a pesar de de la historia, parecieran posible transformaciones pacíficas en el seno de una sociedad.
Les ofrecemos dos versiones sobre el mismo asunto: una oficial (y extensa) publicada por el diario Granma, vocero oficial del sistema cubano y la otra del portal web Martí, hermana digital de Tv y Radio Martí, conglomerado comunicacional financiado por el gobierno de los Estados Unidos para incidir en la opinión pública cubana y sobre Cuba.
El documento fue avalado por unanimidad del parlamento cubano. El proyecto pasará ahora a discusión popular del 13 de agosto al 15 de noviembre y, por último, se realizará un referendo nacional antes de su aprobación final.
Artículo publicado por el diario Granma de Cuba
Carta Magna con intencionalidad transformadora y sensibilidad política
El Proyecto es el resultado de la labor iniciada por un Grupo de Trabajo, presidido por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, que creó el Buró Político el 13 de mayo del 2013, y se corresponde con las Bases Legislativas aprobadas al respecto por ese propio órgano el 29 de junio del 2014.
Es consecuente con lo expresado por el compañero Raúl Castro Ruz, en la Primera Conferencia Nacional del Partido, el 28 de enero del 2012, cuando señaló « […] dejar atrás el lastre de la vieja mentalidad y forjar con intencionalidad transformadora y mucha sensibilidad política la visión hacia el presente y el futuro de la Patria, sin abandonar, ni por un instante, el legado martiano y la doctrina del marxismo-leninismo que constituyen el principal fundamento ideológico de nuestro proceso revolucionario».
En ese sentido, han sido referentes obligados en este trabajo:
– El pensamiento político del líder histórico de la Revolución, compañero Fidel Castro Ruz.
– Discursos y orientaciones del General de Ejército Raúl Castro Ruz.
– La Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista.
– El Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030: Visión de la Nación, Ejes y Sectores Estratégicos.
– Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.
– Los Objetivos de Trabajo del Partido, aprobados en la Primera Conferencia Nacional.
Del mismo modo, fueron consultadas varias constituciones, en primer lugar, del entorno latinoamericano, entre ellas, las de Venezuela, Bolivia y Ecuador, que representan lo más avanzado del constitucionalismo en la región, al igual que otros modelos constitucionales como el de Vietnam y China, naciones que con sus características construyen una sociedad socialista, así como textos constitucionales de otros países.
De manera particular esta labor conllevó un estudio de nuestra historia constitucional, especialmente de la Constitución de 1940, la Ley Fundamental de 1959 y la actual Constitución de la República.
El pasado 2 de junio fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión extraordinaria, la Comisión encargada de preparar el proyecto de Constitución de la República.
La Comisión ha trabajado durante todo este tiempo intensamente, tomando como referente los estudios realizados con anterioridad, y luego de amplios debates ha llegado al texto que se presentó.
Durante los días 2 y 3 de julio del presente año, fue analizado el Anteproyecto de Constitución presentado por la Comisión, en el VII Pleno del Comité Central del Partido.
Principales aspectos que distinguen el proyecto
- El texto se compone del preámbulo, 224 artículos (87 más que la actual Constitución), divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 secciones. De la actual Constitución de la República se mantienen 11 artículos, se modifican 113 y se eliminan 13.
- Se distingue por una estructura coherente y sistemática, logra un reordenamiento lógico de sus contenidos y evita la dispersión de los mismos.
- El lenguaje empleado se corresponde con la terminología que debe caracterizar un texto constitucional y con nuestra realidad económica, política y social.
- La redacción en términos generales de sus contenidos confiere mayor flexibilidad, perdurabilidad, seguridad y aplicabilidad de la Constitución.
- El Proyecto reafirma el carácter socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba.
- El sistema económico que se refleja en el Proyecto mantiene como principios esenciales la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales y la planificación, a lo que se añade, el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.
- De manera singular destaca el desarrollo de una amplia gama de derechos a tono con los instrumentos internacionales de los que en esta materia Cuba es parte.
- Resaltan los relativos al derecho a la defensa, el debido proceso, la participación popular y se reformulan los económicos y sociales.
- El contenido del derecho de igualdad adquiere mayor desarrollo, al incorporar, entre otros, la no discriminación por identidad de género, origen étnico y discapacidad.
- Establece la posibilidad de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la restitución de sus derechos o la reparación o indemnización por los daños o perjuicios generados por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado, en el ejercicio indebido de sus funciones.
- En relación con el matrimonio, se modifica la actual concepción de que solo es posible «entre un hombre y una mujer» y se define que es entre dos personas.
- Referente a los órganos del Estado, se mantiene un adecuado equilibrio entre estos, y se incorporan las figuras del Presidente de la República como Jefe del Estado y la de Primer Ministro a cargo del Gobierno de la República. A ambos se les exige como requisito ser diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- El Consejo de Estado conserva su carácter de órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con una mayor interacción con aquella, entre otros aspectos, porque el Presidente, Vicepresidente y Secretario de ambas instituciones son las mismas personas.
- Destaca como novedad entre los órganos del Estado el Consejo Electoral Nacional, institución de carácter permanente en esta materia, así como se logra solucionar la inserción de la Contraloría General de la República en la Constitución.
- En cuanto a los órganos locales se eliminan las asambleas provinciales del Poder Popular y se instituye un Gobierno Provincial, integrado por el Gobernador y un Consejo a ese nivel.
- Los municipios adquieren mayor relevancia a partir del reconocimiento de su autonomía, la que ejercen en correspondencia con los intereses de la nación.
- Se ratifica al Consejo de la Administración Municipal como el órgano que dirige la Administración Municipal, a cargo de un Intendente, término que se propone sustituya el de Presidente y Jefe empleados en la actualidad.
- Respecto al Sistema Electoral, se mantiene que tienen derecho al voto los cubanos mayores de 16 años de edad, con las excepciones previstas en la ley.
- La Defensa y Seguridad Nacional aparecen en un Título, donde se precisa la misión del Consejo de Defensa Nacional, con facultades para cumplir tareas desde tiempo de paz, el reconocimiento de la Situación de Desastre, además de las restantes de carácter excepcional.
- Acerca del mecanismo de Reforma Constitucional, a diferencia de la actual Constitución, se señalan los legitimados a promoverlo y precisan las cláusulas de intangibilidad.
- Para la entrada en vigor de las principales cuestiones reguladas en el Proyecto, así como el periodo en que deben emitirse las normas complementarias y modificar otras vigentes, se establecen disposiciones especiales, transitorias y finales.
Artículo completo siguiendo el enlace: http://www.granma.cu/cuba/2018-07-23/carta-magna-con-intencionalidad-transformadora-y-sensibilidad-politica-23-07-2018-00-07-01
Nueva constitución en Cuba: artículos «en piedra» y mutaciones en derechos y economía
Publicado por el portal Martí
No se someterán a referendo artículos «pétreos» acerca de la inmutabilidad del socialismo y el papel del PC. ¿Volverán los tribunales de garantías? Constitución no limitará la concentración de riqueza, sino la de propiedades.
La Asamblea Nacional de Cuba se reunió este sábado en el Palacio de las Convenciones para aprobar un anteproyecto de reforma de la Constitución.
El foro parlamentario conoció hoy la propuesta de nueva carta magna, que ya ha sido revisada en varias instancias por el Partido Comunista.
En la sesión de la tarde un diputado sugirió agregar las palabras «y defensa» donde el Art.5 de la Constitución vigente dice «la construcción del socialismo»
Art 5. El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.
Quedaría redactado así: “La construcción y defensa del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista”, según reportó la prensa oficial.
Al estilo de…
Homero Acosta, miembro de la Comisión creada al efecto hace un mes y que preside el exgobernante Raúl Castro, dijo que desde 2013 se habían estado estudiando para esta asignación del Politburó textos constitucionales de países como China y Vietnam (que han desarrollado sistemas socialistas de mercado) y otros como Venezuela, Bolivia y Ecuador (que emprendieron revisiones bajo gobiernos afiliados al Socialismo del siglo XXI). También otros de Africa y América Latina.
Acosta dio por hecho que el Parlamento aprobaría el nuevo texto para luego someterlo a consulta popular, que regrese a la Asamblea para una nueva discusión y votación nominal, y que luego sea objeto de un referendo. La nueva versión incluiría 227 artículos en lugar de los 137 actuales, con 87 nuevos, 113 modificados y 11 eliminados.
Descartó que haya que crear con este fin una Asamblea Constituyente, porque este sería un proyecto sin precedentes, “en el que todo el pueblo sería constituyente”. Incluso superior, según él, a la Constitución de 1940 diseñada por la “democracia burguesa” con la participación de los comunistas, de la que reconoció grandes avances para su época en materia de derechos.
Descartó que esta sea una reforma parcial de la Constitución Socialista de 1976, asegurando que se trata de una nueva Constitución creada en los marcos de los principios del socialismo.
Intocables…
Respecto al referendo subrayó que a este solo se someterían aspectos del proyecto, pero no los que describió como “contenidos pétreos o intangibles”, entre ellos:
-El carácter socialista del sistema económico, político y social de Cuba
-El papel rector del Partido Comunista en la sociedad cubana
-La irrevocabilidad del socialismo en Cuba
-La propiedad socialista “de todo el pueblo” sobre los medios de producción.
Sin embargo mencionó la necesidad de hacer ajustes en la Constitución derivados de los cambios introducidos por los congresos del Partido Comunista.
¿Garantías contra los abusos?
Acosta anticipó entre las novedades el dar una mayor hegemonía y normatividad a la Constitución a fin de amparar a los ciudadanos contra las violaciones de sus derechos.
Aunque calificó de “inalcanzable” el poder recoger todos los detalles de la protección a los derechos en la Constitución dijo que se incorporaba a la Carta Magna una amplia gama de nuevos derechos, algunos relacionados con el debido proceso, incluyendo el hábeas corpus (Activistas cubanos de derechos humanos han sugerido desde finales de los años 80 la incorporación a la Constitución cubana de los 30 artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la que Cuba es signataria).
Aunque no lo dio por hecho, el funcionario sugirió que en el marco de un nuevo Estado socialista de Derecho podría legislarse la creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales (estos existían en la de Constitución 1940) entre otras nuevas herramientas de defensa de los derechos.
Sin embargo al hablar de las relaciones internacionales en el proyecto el funcionario mencionó “la defensa de los derechos humanos desde nuestra visión”, y dijo que su gobierno defendía “los derechos humanos verdaderos”.
Respecto a los límites en el ejercicio de los derechos dijo que estos estarán dados “por la Constitución y la ley». (En la de 1976 los límites están concentrados en el artículo 62: “Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este principio es punible”).
Límites a la propiedad, no a la riqueza
Con respecto a los cambios en el articulado relativo a la economía, después de reiterar el papel central de la propiedad socialista, la empresa estatal («principal generador de riqueza» y la planificación, indicó que era necesario actualizar el texto para incluir el papel del mercado.
Admitió que la propiedad privada sería una de las formas de propiedad reconocidas en el texto, pero que serían las leyes las que determinarían la existencia y las regulaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Sugirió que al reconocer la propiedad privada en la Constitución no sería impensable que un emprendedor privado cubano con ingresos legítimos pudiera formar parte de una empresa mixta, las que hasta ahora se limitan a asociaciones entre el Estado e inversores extranjeros.
Acerca del reiterativo tema de la “concentración de riqueza en sujetos no estatales” dijo que esta sería regulada en la Constitución por la vía de limitar la concentración de la propiedad. Admitió que para alcanzar un socialismo próspero es necesario no solo impulsar la prosperidad social, sino también la prosperidad individual. “No podemos limitar lo que gane un deportista, lo que gane un campesino, sino hacer que paguen los debidos impuestos”, dijo
Acosta, quien también es secretario del Consejo de Estado, indicó que la nueva Constitución reconocerá asimismo el papel de la Inversión extranjera como dinamizadora de la economía y elemento necesario y en algunos casos imprescindible para el desarrollo del país.
Matrimonio gay
La nueva constitución definirá el matrimonio como la «unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ello», de manera que da luz verde a la legalización de las bodas homosexuales.
«No dice que se trata del matrimonio igualitario, solo rompe con esa barrera de modo que en el futuro se podría incorporar», aclaró Acosta.
La Constitución vigente (1976) define el matrimonio «como la unión concertada voluntariamente entre un hombre y una mujer».
«Creo que (la modificación del concepto de familia) es un acto de justicia y creo que refuerza el principio revolucionario de humanismo y equidad. Se evita también esa discriminación que por distintas razones se ha padecido (en el país)», señaló.
«Este es un asunto en el que hay que asumir una posición» expresó Acosta.
«El pueblo va a entender las razones» para este cambio, apuntó.